El Tribunal Supremo no reconoce como víctimas del terrorismo a quienes sufrieron secuelas por atentados anteriores a 1968, en cumplimiento del límite fijado por la Ley de Solidaridad con las Víctimas del Terrorismo. Así se deduce de una sentencia del alto tribunal en la que rechaza dar la categoría de víctima del terrorismo a una persona que perdió las dos manos cuando tenía 11 años, al explotarle dos granadas que estaban alojadas en un paquete abandonado en Zaragoza, en 1961.
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